Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2015-S1
Fecha: 06-Abr-2015
acción de protección de privacidad
En revisión la Resolución 03/2014 de 16 de septiembre, cursante de fs. 16 a 21, pronunciada dentro de la acción de protección de privacidad interpuesta por Ivana del Pilar Castro Martínez contra Juan Freddy Gonzáles Gonzáles, Juez de Instrucción Mixto, en lo Penal "y Garantías" de Camargo del departamento de Chuquisaca.
- acción de protección de privacidad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Toda persona individual o colectiva que crea estar indebida o ilegalmente impedida de conocer, objetar u obtener la eliminación o rectificación de los datos registrados por cualquier medio físico, electrónico, magnético o informático, en archivos o bancos de datos públicos o privados, o que afecten a su derecho fundamental a la intimidad y privacidad personal o familiar, o a su propia imagen, honra y reputación,
- tiene por objeto garantizar el derecho de toda persona a conocer sus datos registrados por cualquier medio
- la acción de protección de privacidad, protege los derechos relativos a la personalidad del individuo como son la intimidad, privacidad personal o familiar, la propia imagen, honra y reputación, contra el manejo de datos o informaciones obtenidas y almacenadas en los bancos de datos públicos o privados, por esta misma razón la doctrina señala que esta acción en realidad protege el derecho a la autodeterminación informática, entendido como la facultad de una persona para conocer, actualizar, rectificar o cancelar la información existente en una base de datos pública o privada, y hubiesen obtenido, almacenado y distribuido
- toda persona natural o jurídica, puede acudir a la jurisdicción constitucional,
- III.2.
- CONFIRMAR