SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2015-S1

Fecha: 06-Abr-2015

II.3.

II.3.  Por Auto de 11 de marzo de 2014, el Juez demandado rechazó la solicitud de enmienda y complementación, así como recurso de apelación incidental, por haber sido presentados fuera de plazo, considerando que el 5 del referido mes y año, se le notificó con la Resolución impugnada; por cuanto el 12 de ese mes y año, la accionante interpuso recurso de reposición, alegando que las providencias no fueron puestas a su conocimiento dentro de los plazos legales, aclarándole además que no tiene ninguna facultad para rechazar el recurso de apelación presentado según el art. 396 inc. 4) del CPP, por lo que requirió se deje sin efecto lo establecido; petición nuevamente rehusada según Resolución de 13 del mencionado mes y año; (fs. 34 y vta.; y, 37 a 38 del anexo).