SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2015-S1

Fecha: 06-Abr-2015

II.4.

II.4.  En mérito a Resolución 01/2014 de 10 de abril, de acción de cumplimiento, se determinó declarar la nulidad de la segunda parte de la Resolución de 11 de marzo de 2014, disponiendo que el Juez demandado de acuerdo a lo establecido en el art. 251 del CPP, remita en el plazo de veinticuatro horas al tribunal de alzada, la apelación incidental interpuesta, disposición que fue cumplida según Auto de 11 de julio de ese año; los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por Auto de Vista 143/14 de 23 de abril de 2014, declararon improcedente el recurso de apelación formulado por la accionante, manteniendo en consecuencia incólume el fallo cuestionado (fs. 46 a 49 vta.; 51 vta.; y, 75 a 79 vta. del anexo).