SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0340/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0340/2015-S2

Fecha: 08-Abr-2015

III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos a la libertad de locomoción, a la igualdad y a la defensa, arguyendo que el Juez Noveno de Instrucción en lo Penal, confirió legalidad a la aprehensión dispuesta por el representante del Ministerio Público dentro del proceso penal por los delitos de uso indebido de influencias, anticipación y prolongación de funciones, coacción, atentado contra la libertad de trabajo, asociación delictuosa, amenazas, extorsión y estafa; atribuyéndoles además la comisión de dos delitos propios de un funcionario público, pese a que no ostentan dicha calidad, toda vez que, no fundamentó los riesgos procesales señalados por el art. 233 del CPP, con lo que contravino a los arts. 7, 221, 222, 233 y 240 del CPP, calificando inclusive la existencia de una asociación delictuosa cuando la normativa exige la intervención de cuatro o más personas en el hecho; y que ante ésta situación, solicitaron audiencia de cesación a la detención preventiva, que la autoridad demandada omitió fijar dentro de las veinticuatro horas y de los tres días definidos por la jurisprudencia constitucional.