SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2015-S1

Fecha: 07-Abr-2015

i)

José Raúl Montaño Saldaña, por memorial cursante de fs. 12 a 13 y lo ampliado en audiencia por su abogado, señaló que: i) Es evidente que el 15 de septiembre de 2014, se presentó una persona de profesión enfermera a buscar a la accionante, a quien no le permitió subir al piso quince por no portar su cédula de identidad que se solicita por norma de seguridad en el edificio;  ii) No agredió ni pretendió hacerlo verbal o físicamente a la accionante, contrariamente, fue ella quien lo hizo con palabras de grueso calibre y adjetivos racistas, discriminándolo y menospreciándolo por ser el portero del edificio, cuando lo correcto era que presente una queja ante el directorio; razón por la que interpuso la acción legal correspondiente; y, iii) La accionante no precisó de qué forma su vida o integridad física se encuentran en peligro, ni acompañó ningún elemento de convicción, limitándose a solicitar tutela por supuestos insultos que habrían sucedido el indicado día, hechos que deben ser denunciados ante autoridad competente y demostrados de manera objetiva en garantía de la presunción de inocencia y su derecho a la defensa.