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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2015-S1

    Fecha: 07-Abr-2015

    II.1.

    II.1. De la citación y diligencia de notificación de 16 de septiembre de 2014, expedidas por la Oficina de Conciliación Ciudadana EPI-Central de la ciudad de Cochabamba, Raúl Montaño Saldaña fue citado para que se presente en dependencias de dicha Unidad, el 17 del mismo mes y año recibiendo la señalada citación y negándose a firmar la misma (fs. 2 a 3).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 8
    • III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • III.2.De los alcances y procedencia de la acción de libertad
    • la garantía constitucional de carácter jurisdiccional idónea y efectiva para resguardar los derechos a la vida, a la integridad física, a la libertad personal y a libertad de circulación, su procedencia está supeditada a la existencia cierta que la vida está en peligro de restricción o supresión -por acto ilegal u omisión indebida, no estando sujeta al agotamiento previo de medios recursos legales o administrativos previos-
    • III.3.Análisis del caso concreto
    • Fragmento 13
    • Fragmento 14
    • Fragmento 15
    • Fragmento 16
    • CONFIRMAR

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