Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0350/2015-S2
Fecha: 08-Abr-2015
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 2 de septiembre de 2014, cursante de fs. 42 a 44, pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración de que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- “La obligación de presentarse a cualquier llamado ante este Tribunal…”
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- a)
- Fragmento 11
- III.1. Las supuestas irregularidades procesales de una acción tutelar, no son inimpugnables a través de otra acción de defensa
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR