SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0364/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0364/2015-S1

Fecha: 17-Abr-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante a través de sus representantes, considera vulnerado su derecho a la libertad; puesto que en el proceso penal seguido en su contra se señaló audiencia de cesación a la detención preventiva que fue fijada para el 18 de septiembre de 2014 y en la que al existir dilación interpuso una primera acción de libertad en la que se dispuso que la autoridad demandada establezca audiencia dentro de los tres días de su legal notificación; empero, sin cumplir lo determinado dicha autoridad señaló audiencia para el 29 de igual mes y año, misma que fue suspendida fijándose nueva audiencia para el 14 de octubre del mismo año, lo que constituye dilación indebida en inobservancia del plazo que instaura la jurisprudencia constitucional.