Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2015-S2
Fecha: 08-Abr-2015
II.7.
II.7. A través del Informe de 13 de enero de 2014, del Jefe Departamental de Trabajo de La Paz del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, dirigido al Inspector de Trabajo, refirió no habiéndose llegado a ningún acuerdo entre las partes, sugirió que el Inspector de Trabajo de El Alto del departamento de La Paz, verifique el hostigamiento laboral contra Serafina Titirico Callisaya, trabajadora de la Empresa Pacha Industrial S.A. (fs. 16).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Protección constitucional del derecho al trabajo y la garantía de la estabilidad laboral
- III.2.1. Sobre el DS 28699 de 1 de mayo de 2006 y su ulterior modificación por el DS 0495 de 1 de mayo de 2010
- III.3. La excepción al carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- concedido
- CONFIRMAR