SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0379/2015- S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0379/2015- S1

Fecha: 21-Abr-2015

i)

El abogado de Walter Navarro Martínez, Presidente de la Cooperativa de Transporte y Servicios Públicos "Virgen de Chaguaya Ltda.", manifestó que: i) En respuesta al memorial de petición de 30 de julio de 2014, se otorgó la documentación requerida a Rolando Navarro Martínez, como consta en "acta de entrega"; asimismo respecto al escrito de 9 de agosto del referido año, éste fue respondido el 11 de igual mes y año, en el que se dispuso que previamente deben justificar la pertinencia de su solicitud, por pretender recabar información financiera que es confidencial de los socios, la cual debe ser autorizada por cada uno de ellos; sin embargo, éstos no se apersonaron a retirarla; finalmente respecto al tercer memorial, una vez providenciado, los accionantes no se apersonaron a conocer dicha resolución, la que señaló el procedimiento en curso para determinar otorgar o no la información individual de cada socio; ii) La información financiera que les compete se encuentra el informe anual al 31 de diciembre de cada año, que fue entregada la última semana de abril; y, iii) Las peticiones hechas son infundadas, puesto que harían incurrir al representante de la Cooperativa en la exclusión señalada por el art. 8 inc. b) del Estatuto de la Cooperativa, referido a cometer acciones ilegales actuando en contra del interés de la misma.