SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0379/2015- S1
Fecha: 21-Abr-2015
II.5.
II.5. Por Memorial de 29 de julio de 2014, dirigido al Presidente de la citada Cooperativa, los impetrantes solicitaron fotocopias legalizadas de la documentación consistente en: Actas del Comité Electoral referentes a la elección de Directorio de la gestión 2014, todos los oficios de las candidaturas presentados, carta de inhabilitación de Anibar Espinoza, comprobante de pago y factura emitida por el Notario de Fe Pública que dio fe de las elecciones, lista de socios deudores al 2014, Actas de asambleas ordinarias del 2004 a 2014; asimismo consta nota de entrega de documentación de 5 de agosto del mencionado año, se evidencia que la Contadora General de esa Cooperativa, entregó: Actas de la Comisión Electoral 2014, Voto Resolutivo del Grupo-B, seis renuncias a Directivos y diez postulaciones a Directorio, una lista de socios deudores al 31 de julio del aludido año, y catorce actas de asambleas ordinarias de las gestiones 2004 a 2014, constando firma de recibido de Anibar Espinoza (fs. 21 y 23 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- la acción de amparo constitucional adquiere las características de sumariedad e inmediatez en la protección, por ser un procedimiento rápido, sencillo y sin ritualismos dilatorios.
- III.2. Del derecho de petición
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR