Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0390/2015-S1
Fecha: 22-Abr-2015
II.2.
II.2. El 10 de febrero de 2014, la Fiscal de Materia, dispuso poner a conocimiento el inicio de investigación a la autoridad judicial para fines de control jurisdiccional sobre el caso denunciado. Cursa Representación de la citación realizada el 2 de abril de 2014, en el domicilio señalado de la ahora accionante con muestrario fotográfico (fs. 28 a 32).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3.La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- corresponde ser denunciadas ante el Juez Cautelar de turno
- Fragmento 13
- III.4. Competencia de los fiscales para emitir mandamientos de aprehensión
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR