Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0390/2015-S1
Fecha: 22-Abr-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega que la autoridad demandada, vulneró su derecho a la libertad; toda vez que, fue aprehendida el 6 de octubre de 2014, a horas 10:00, por funcionario policial en cumplimiento al mandamiento de aprensión emitido por la autoridad fiscal; dentro de la presunta comisión del delito de extorsión, y luego fue remitida a celdas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen, sin haber sido puesta a disposición de dicha autoridad, habiendo prestado su declaración informativa a horas 17:50 del mismo día; hechos por los que considera que estuvo indebidamente privada de su libertad, considerando que es una persona de la tercera edad y con un estado agravado de su salud.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3.La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- corresponde ser denunciadas ante el Juez Cautelar de turno
- Fragmento 13
- III.4. Competencia de los fiscales para emitir mandamientos de aprehensión
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR