SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0391/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0391/2015-S2

Fecha: 10-Abr-2015

III.2.  Análisis del caso concreto

El accionante alega la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso, considerando que, en primera instancia, el Juez de la causa rechazó su solicitud de cesación a la detención preventiva mediante una Resolución carente de una debida fundamentación y motivación, emitiendo criterios subjetivos, omitiendo valorar los elementos probatorios presentados a efectos de desvirtuar las causas que dieron lugar a su detención preventiva y modificando arbitrariamente los riesgos procesales por los cuales su pretensión no puede ser deferida; en tal contexto formuló recurso de apelación que, siendo conocido por los Vocales demandados, mereció Auto de Vista 171/2013 de 29 de noviembre, mediante el cual, los miembros del Tribunal de alzada, ratificaron el fallo impugnado, sin mayor argumento que una interpretación “extrema” de los art. 15 y 60 de la CPE, obviando considerar y pronunciarse respecto a los agravios denunciados.

De la revisión de antecedentes, se establece que el 20 de noviembre, en audiencia de cesación a la detención preventiva, el Juez a quo pronunció Auto Interlocutorio 253/2013 de igual fecha, rechazando la solicitud del impetrante, con el argumento de que el justiciable no había aportado suficientes elementos que desvirtúen los riesgos de obstaculización y fuga, siendo que el primero, se mantiene subsistente aún hasta que la Sentencia pronunciada adquiera ejecutoria.