Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0395/2015-S3
Fecha: 17-Abr-2015
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 23/2014 de 25 de septiembre, cursante de fs. 57 a 58 vta.; pronunciada por el Juez Cuarto de Partido y de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, conforme los argumentos expuestos en el presente fallo constitucional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. La aprehensión por rebeldía y los supuestos de comparecencia del rebelde en el proceso penal
- es lograr la comparecencia del imputado al proceso
- b)La comparecencia del rebelde al proceso penal en ejecución del mandamiento de aprehensión.
- CONFIRMAR