Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0395/2015-S3
Fecha: 17-Abr-2015
II.4.
II.4. Mediante Cite 872/2014 de 24 de septiembre, la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz, remitió antecedentes del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Marcos Humberto Alvarado Conde a su similar Primero, en cumplimiento a la providencia de 24 de septiembre de 2014, la cual tiene sello de recepción por parte del Juzgado Primero de instrucción en lo penal de El Alto del departamento de La Paz de la misma fecha a horas 17:30 (fs. 33 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. La aprehensión por rebeldía y los supuestos de comparecencia del rebelde en el proceso penal
- es lograr la comparecencia del imputado al proceso
- b)La comparecencia del rebelde al proceso penal en ejecución del mandamiento de aprehensión.
- CONFIRMAR