SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2015-S2

Fecha: 20-Abr-2015

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

Misael Severiche Saravia, Juez Quinto de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, mediante informe escrito, cursante a fs. 35, precisó que radicado el proceso por conversión de acción en el Juzgado a su cargo, y después de haber sido admitida la acusación, fue informado por el Oficial de Diligencias de la central de notificaciones, que el ahora accionante Gerardo Tapia Cabrera, no trabajaba ni era conocido por los vecinos en el domicilio señalado, ante lo cual el querellante mediante memorial pidió sea citado por edicto de prensa, procediéndose de ésta manera de acuerdo al art. 165 del Código de Procedimiento Penal (CPP); en ese orden, el accionante estando legalmente notificado, se apersonó y planteó incidente de nulidad por defectos absolutos, sin señalar domicilio procesal, ordenándose de esta manera nuevamente su citación por edictos, y al no haber concurrido a la audiencia de juicio oral, fue declarado rebelde y se libró mandamiento de aprehensión en su contra, conforme los arts. 87 y 89 del citado cuerpo normativo; consecuentemente, no es cierto lo aseverado por el acusado, por lo que corresponde se deniegue la tutela impetrada.