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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2015-S2

    Fecha: 20-Abr-2015

    II.3.

    II.3.  En respuesta, Joaquín Valverde Lacio, reiteró su pedido de que el accionante sea citado por edicto de prensa, al haber éste señalado un domicilio nada concreto e impreciso, además de presentar boletas de luz y agua a nombre de otra persona. Sentido en el cual, la autoridad ahora demandada, determinó se franquee el correspondiente edicto (fs. 13 y vta.).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. El debido proceso y el procesamiento indebido en la acción de libertad
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

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