Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2015-S2
Fecha: 20-Abr-2015
II.1.
II.1. Por memorial de 27 de septiembre de 2013, Joaquín Valverde Lacio, solicitó al Juez Quinto de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, señale nuevo día y hora de audiencia y se le faccione edicto de prensa para notificar a Gerardo Tapia Cabrera, en conocimiento del informe del oficial de diligencias en sentido de que el querellado no vivía ni trabajaba en la empresa “TEXORSA”, desconociéndose en consecuencia el domicilio actual de éste; en ese orden, el Juez demandado, por providencia de 30 del mismo mes y año, ordenó la citación mediante edictos de prensa al querellado con la audiencia de conciliación dispuesta (fs. 9 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y el procesamiento indebido en la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo