Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2015-S2
Fecha: 20-Abr-2015
II.7.
II.7. Según Acta de juicio oral de 29 de abril de 2014, el Juez demandado, ante la ausencia del imputado, pese a su notificación por edictos y a pedido del querellante, mediante Auto Interlocutorio de esa fecha, lo declaró rebelde, ordenando se expida el correspondiente mandamiento de aprehensión, arraigo y la publicación de sus datos y señas personales en los medios de comunicación para su búsqueda y aprehensión, así como también el secuestro de sus bienes para asegurar la eventual responsabilidad civil (fs. 23 a 24).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y el procesamiento indebido en la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo