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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0403/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0403/2015-S1

    Fecha: 30-Abr-2015

    Fragmento 20

    El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR, la Resolución 247 de 27 de septiembre de 2013, cursante de fs. 433 a 435, pronunciada por Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, en consecuencia DENEGAR la tutela.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • improcedencia”
    • 1.2.4. Trámite
    • II.2.
    • II.3.
    • II. 5.
    • II.6
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2.  De la acción de amparo constitucional
    • III.3. El proceso contencioso administrativo, su naturaleza jurídica y la acción de amparo constitucional
    • III.4.            La fundamentación y motivación de las resoluciones
    • III.5.   Carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
    • III.6.  De los actos consentidos libre y expresamente, como causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional
    • III.7.   Análisis del caso concreto
    • Fragmento 20

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