SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0416/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0416/2015-S1

Fecha: 30-Abr-2015

II.1

II.1.  Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la querellante particular contra Jorge Luis Acho Ayma, por la presunta comisión del delito de homicidio, lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito, por Auto Interlocutorio 84/2013 de 4 de mayo, se dispuso la detención preventiva del accionante, quien solicitó cesación a la detención preventiva, resuelta en audiencia pública de 10 de julio de 2013, por Auto Interlocutorio 875/2013, que aceptó la cesación a la detención preventiva imponiendo medidas sustitutivas; misma que fue revocada como consta por acta de registro de audiencia pública y correspondiente Auto de Vista 74/2013 de 15 de agosto, manteniendo la detención preventiva al considerar que se encontraba vigente el riesgo de fuga que prevé el       art. 234.1 del CPP; contra dicha Resolución el accionante interpuso acción de amparo constitucional, que fue resuelta por Resolución 08/2013 de 6 de noviembre, pronunciada por los Vocales de la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, constituidos en Tribunal de garantías, que dejó sin efecto el referido Resolución 74/2013 y dispuso se dicte nueva resolución fundamentada solo respecto a trabajo u ocupación quedando inalterable lo esgrimido respecto a domicilio y familia; en cuyo cumplimiento se pronunció el Auto de Vista 8/2013 de 31 de diciembre, que complementando solo respecto al componente trabajo como riesgo de fuga, mantuvo subsistente la detención preventiva revocando la Resolución 875/2013, por la vigencia del riesgo de fuga, contenido en el art. 234.1 del CPP (fs. 15 a 17; 24 a 33; 43 a 52 vta.; 53 a 69 y 70 a 75).