SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0416/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0416/2015-S1

Fecha: 30-Abr-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega que dentro del proceso penal seguido en su contra se dispuso su detención preventiva, y posteriormente una primera cesación a la misma, que fue revocada por Auto de Vista 74/2013 de 15 de agosto, mismo que fue objeto de una acción de amparo constitucional que dispuso dejarlo sin efecto y se dicte nuevo fallo, pronunciándose el Auto de Vista 8/2013 de 31 de diciembre, que revocó las medidas sustitutivas manteniéndose subsistente solo el riesgo procesal previsto por el art. 234.1 del CPP.

En tales antecedentes, interpuso una otra solicitud de cesación a la detención preventiva, siendo aceptada su solicitud por Auto 35/2014, que dispuso medidas sustitutivas a la detención preventiva al considerar desvirtuados los riesgos procesales señalados por el art. 234.1 del mencionado Código; empero, en apelación se revocaron las medidas y se dispuso mantener la detención preventiva mediante Auto de Vista 22/2014 de 11 de marzo, contra el que interpuso acción de libertad que fue resuelta por Resolución 003/2014 de 21 de marzo, que dejó sin efecto el referido Auto y dispuso se dicte uno nuevo; empero, emitieron el Auto de Vista 37/2014 de 16 de abril, que no cumple lo dispuesto por la referida resolución del Juez de garantías.