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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2015-S2

    Fecha: 29-Abr-2015

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Reiteración de jurisprudencia constitucional sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el principio de celeridad
    • En ese contexto, tanto autoridades judiciales, fiscales u otras autoridades administrativas, deben atender las solicitudes y trámites en los que esté de por medio el derecho a la libertad, con la mayor celeridad posible, con la finalidad de que la situación jurídica de las personas, dado el derecho primario que se encuentra amenazado o restringido, pueda ser definida sin dilaciones indebidas
    • Fragmento 16
    • III.2.  De la legitimación pasiva en la acción de libertad respecto al personal de apoyo judicial
    • implica cambio de línea jurisprudencial
    • Fragmento 19
    • III.3.  Sobre el principio de presunción de verdad
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • Respetar y cumplir la Constitución Política del Estado, las leyes y otras disposiciones legales
    • Fragmento 23
    • 1°  CONFIRMAR en parte

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