Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2015-S2
Fecha: 29-Abr-2015
II.2.
II.2. Cursa mandamiento de condena de 13 de enero de 2014, emitido por Wilzon Arébalo Coria, Juez Décimo de Instrucción en lo Penal, por el que la autoridad judicial ordenó al Director del Centro de Rehabilitación de “Palmasola”, poner en “detención formal y firme” a Ana Elizabeth Mary Jean Ramallo, al haber sido condenada como consecuencia del procedimiento abreviado, por el periodo de dos años (fs. 12).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de jurisprudencia constitucional sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el principio de celeridad
- En ese contexto, tanto autoridades judiciales, fiscales u otras autoridades administrativas, deben atender las solicitudes y trámites en los que esté de por medio el derecho a la libertad, con la mayor celeridad posible, con la finalidad de que la situación jurídica de las personas, dado el derecho primario que se encuentra amenazado o restringido, pueda ser definida sin dilaciones indebidas
- Fragmento 16
- III.2. De la legitimación pasiva en la acción de libertad respecto al personal de apoyo judicial
- implica cambio de línea jurisprudencial
- Fragmento 19
- III.3. Sobre el principio de presunción de verdad
- III.4. Análisis del caso concreto
- Respetar y cumplir la Constitución Política del Estado, las leyes y otras disposiciones legales
- Fragmento 23
- 1° CONFIRMAR en parte