Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0435/2015-S3
Fecha: 17-Abr-2015
I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela impetrada y en consecuencia que en el día se dé cumplimiento de plazo de remisión establecido por el art. 251 de CPP, ante la dilación en la remisión de las actuaciones pertinentes al Tribunal de alzada, declarando a su vez que los servidores demandados incurrieron en dilación o demora indebida en la sustanciación del incidente de medidas cautelares de orden personal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de libertad innovativa
- III.2. De la apelación incidental prevista en el art. 251 del CPP y el plazo para la remisión de antecedentes ante el Tribunal de alzada
- gratuidad
- Fragmento 13
- III.4. Análisis del caso concreto
- 3