SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0435/2015-S3
Fecha: 17-Abr-2015
III.1. De la acción de libertad innovativa
La Sentencia Constitucional Plurinacional (SCP) 2075/2013 de 18 de noviembre, determinó que dentro la doctrina constitucional, se desarrolló diferentes modalidades o tipos de acciones de libertad -antes habeas corpus- entre los cuales tenemos la innovativa, que tiene como objeto la tutela a la vida, libertad física y de locomoción frente a acciones y omisiones que restrinjan, supriman o amenacen en su restricción o supresión, aun cuando la misma hubiera cesado o desaparecido.
Pero si la autoridad judicial demandada resuelve la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de su libertad antes de la notificación con la acción de libertad, este aspecto no necesariamente elimina la posibilidad que mediante esta acción se evalué la actividad de dicha autoridad; ello, a efecto de no dejar en impunidad el actuar lesivo de quien vulneró el derecho a la libertad, razonamiento aplicado para aquellos supuestos en que sea posible prever que la situación jurídica del demandado pueda repetirse en el futuro, entendimiento desarrollado por la SCP 0011/2014 de 3 de enero, entre otras.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de libertad innovativa
- III.2. De la apelación incidental prevista en el art. 251 del CPP y el plazo para la remisión de antecedentes ante el Tribunal de alzada
- gratuidad
- Fragmento 13
- III.4. Análisis del caso concreto
- 3