SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0448/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0448/2015-S3

Fecha: 07-May-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Indicaron ser propietarios de los predios denominados “…QUITAR VINTO PAMPA, QUITAR VINTO COTA PAMPA, CHUJTAT COLLO PAMPA,  SICA VILA QUITARI PAMPA, QUITAR VINO ESQUINA PAMPA, TETE CASA, AJATA CASA, CATAVINTO, CALLEJON GRANDE, VILA COLLO CHUCHO ESA PAMPA, CABA PAMPA, SICA LOJETA, PECHACHO ESA PAMPA, DE MORO COTA, JANCO CARA A MEDIO ESA PAMPA DE CHUCHARAVE A ESA PAMPA CHICOTOLAVICHINCA, TOLA VICHINCA GRANDE A MEDIO ESA PAMPA, CHARCOLLO CASA ESA PAMPA, AL PIE DEL CERRO HASTA PAVELLONESA FALDIADA y otros…”(sic); ubicados en la comunidad de Nueva Esperanza del departamento de Potosí, añadieron también que cumplirían la función social a cabalidad, en razón a que desde hace más de dos  años, serían perturbados en su derecho propietario por los señores José Luis y Fulgencio Mendoza Morales y Abraham Rodríguez Ayaviri, quienes serían autoridades del “…Distrito Indígena de Coroma que se hacen denominar Nación Indígena de Coroma…” (sic).

Añadieron que, el 25 de enero de 2014, Narciso Rocha Arizaca y las autoridades indígenas antes nombradas -en el párrafo anterior-, dirigieron a un grupo de personas, y de manera violenta, procedieron al avasallamiento de sus terrenos, armados de piedras y palos, tomando sus tierras de manera abusiva; posteriormente, el 18 de marzo de ese año, emitieron la Resolución Indígena Originaria 02/2014, disponiendo que: “por sanción hasta que reflexione y/o recapacite en la sociabilidad con sus deberes y obligaciones con la comunidad, el ayllu y la Nación Indigna Originario Campesino de Coroma, se procederá con la cosecha de sus parcelas de quinua para beneficio social a favor de la Unidades Educativas del Ayllu Rodeo Pallpa…” (sic).