SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0448/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0448/2015-S3

Fecha: 07-May-2015

III.3.2.

III.3.2. Con relación a la Resolución Indígena Originaria 02/2014, la SC 1586/2010-R de de 15 de octubre, al referirse a la Justicia Indígena Originaria Campesina, estableció que las autoridades naturales de las comunidades indígenas y campesinas, cuentan con la facultad de ejercer funciones de administración y aplicación de normas propias como solución alternativa de conflictos en conformidad a sus costumbres y procedimientos propios; actuación, que no puede ser contraria a la Constitución Política del Estado ni a las leyes vigentes; en este entendido, conforme se tiene expuesto en el Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la justicia constitucional, tiene facultad para verificar si las decisiones asumidas en la JIOC, respetan mínimamente los derechos humanos y constitucionales reconocidos a favor de los ciudadanos bolivianos.