Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0457/2015-S2
Fecha: 05-May-2015
II.1.
II.1. Carlos Eduardo Oropeza, Jefe de la Unidad de Servicios Municipales y Asentamientos del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, mediante nota cite SMDEP-UUEVP/084/2014 de 18 de setiembre, solicitó al Intendente Municipal, colaboración con veinte Guardias Municipales para realizar el control de comerciantes asentados ilegalmente sobre las avenidas Juan Pablo II y Esteban Arce, y el área verde, “altura final los Andes” de la zona Villa Tunari (fs. 39).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- la autoridad erróneamente demandada debe pertenecer a la misma institución, rango o jerarquía, además debe tener idénticas atribuciones en relación a la autoridad que debió ser demandada; asimismo, en este supuesto, el error debe ser consecuencia de una imposibilidad o dificultad del afectado para determinar la identidad de la autoridad que supuestamente vulneró sus derechos
- III.2.
- 24 de septiembre de 2014,
- CONFIRMAR