SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0467/2015-S2
Fecha: 07-May-2015
Fragmento 21
Asimismo respecto a la falta de valoración de la prueba, por parte de las autoridades inferiores, consignado en el recurso de acción de amparo constitucional, Emilia Rosa Carvallo Rojas refiere que la Autoridad Sumariante II, no ha valorado en absoluto las pruebas de descargo que desvirtúan todas y cada una de las denuncias y los hechos motivo de su procesamiento, sin percatarse que esa falta de valoración, constituye un quebrantamiento de las formas esenciales del juicio e infracción de las normas reguladoras de la Administrativa Final del Sumario 16/13; por ello, ante la omisión de la autoridad sumariante proceden los recurso correspondientes como ser el de revocatoria y el jerárquico, cuyo objeto es garantizar la pureza del procedimiento, al ser un medio para corregir las desviaciones acontecidas en el proceso cuando inciden en las formas esenciales del proceso. Asimismo refieren que la falta de que valoración probatoria provoca indefensión a las partes y conlleva sanción de nulidad por vulneración a las garantías.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso, configuración, alcance y ámbito de protección
- a)
- III.2. Valoración de la prueba
- ,
- III.3. De la fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- CONFIRMAR