Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0467/2015-S2
Fecha: 07-May-2015
II.4.
II.4. Rosa Emilia Carvallo Rojas, por escrito de 15 de octubre de 2013, presentó recurso de revocatoria; asimismo, por escrito de 22 de igual mes y año, en la vía de revocatoria, solicitó nulidad de resolución, mereciendo la Resolución del Recurso de Revocatoria 18/13 de 25 de octubre de 2013, mediante el cual la Autoridad Sumariante II del Complejo Hospitalario Viedma, ratificó la Resolución Administrativa Final del Sumario 16/13 de 30 de septiembre de 2013 en todas sus partes y consecuencia jurídica (fs. 77 a 90).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso, configuración, alcance y ámbito de protección
- a)
- III.2. Valoración de la prueba
- ,
- III.3. De la fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- CONFIRMAR