SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0472/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0472/2015-S1

Fecha: 15-May-2015

II.2.

II.2. El 3 de agosto de 2007, la abogada Jurídico Social del SENASIR dio respuesta a las solicitudes de 25 de agosto de 2006 y 13 de febrero de 2007, presentadas por el accionante sobre la revisión de la densidad de aportes por servicios prestados en las empresas OISSCO y COMSERTEC, considerando 267 aportes; la mencionada abogada refirió que: “Con referencia a la densidad de aportes corresponde aclarar que habiéndose producido el cambio de moneda en nuestro país, y como consecuencia de esta nueva valoración monetaria, los montos expresados en millones de pesos bolivianos sufren una conversión a pesos bolivianos, es así que para los casos de desactualización del salario promedio, las rentas deben ser otorgadas de acuerdo al salario mínimo nacional vigente. En el presente caso, y considerando que tanto el salario promedio, como la documentación que respaldan a la calificación de renta de vejez del asegurado son anteriores a la gestión de 1981 (cuando el signo monetario era en millones de pesos bolivianos), corresponde el otorgamiento de la renta de acuerdo a disposiciones legales vigentes en la época conforme dispone el art. 70 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición” (sic). (fs. 4).