SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0478/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0478/2015-S2

Fecha: 07-May-2015

1)

1)  Los datos extrañados por el Tribunal de apelación respecto a la consignación de varios datos que fueron considerados determinantes, de conformidad a lo previsto por el art. 170 del CTB, no se constituyen en requisitos legales exigibles, siendo suficiente la identificación del sujeto pasivo o tercero responsable, los funcionarios actuantes y un testigo de actuación; por lo que, el Tribunal de apelación incurrió en exceso de poder; asimismo, a partir de la incorporación del parágrafo V al art. 170 mediante Ley 100, se sanciona con clausura definitiva del negocio en casos como el presente, no pudiendo alegarse desconocimiento de la norma y menos que ésta no haya sido especificada en el acta, conforme erróneamente interpretó el tribunal de apelación;