Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2015-S2
Fecha: 07-May-2015
II.2.
II.2. El 6 de diciembre de 2013, la Jueza Novena de Instrucción en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, emitió Sentencia declarando probada la demanda interpuesta por Mario Florencio Siñani Quispe e improbada la oposición formulada por Celinda Inés Villanueva Aguilar; por consiguiente, se ministró posesión judicial sobre el inmueble objeto del proceso en favor del demandante Mario Florencio Siñani Quispe (fs. 184 a 186).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- la
- Sobre el tema la jurisprudencia constitucional plasmada en la SCP 0833/2012 de 20 de agosto, estableció:
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR