Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2015-S2
Fecha: 07-May-2015
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 23 de diciembre de 2014, Celinda Inés Villanueva Aguilar, interpuso recurso de apelación contra la citada Sentencia que fue resuelta por Auto de Vista de 1 de abril de 2014, emitida por la Jueza Sexta de Partido en lo Civil y Comercial (ahora demandada) confirmando en forma total la Sentencia apelada (fs. 204 a 205).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- la
- Sobre el tema la jurisprudencia constitucional plasmada en la SCP 0833/2012 de 20 de agosto, estableció:
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR