Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0494/2015-S3
Fecha: 19-May-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 381/2014 de 22 de octubre, cursante de fs. 246 a 251 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Miguel Herrera Ressini contra Iván Gustavo Escalante Grimoldi y Luis Alfredo Revollo Tanaka, Gerente General y Juez Sumariante, respectivamente, de la Entidad Municipal de Aseo Urbano de Sucre (EMAS).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia consolidada del derecho a una resolución motivada como elemento del debido proceso
- cada autoridad que dicte una Resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.2. Sobre la falta de la valoración de la prueba
- Fragmento 15
- apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsible para decidir
- REVOCAR en parte