Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0498/2015-S2
Fecha: 07-May-2015
2° DISPONER
2° DISPONER que, Mónica Limachi Rosas, Jueza de Instrucción Mixta y Cautelar de San Andrés de Machaca en suplencia legal de su similar de Viacha ambos del citado departamento, señale audiencia de modificación a la detención domiciliaria del accionante, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas como máximo a partir de la notificación con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, salvo que hasta la fecha su situación jurídica ya este definida.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Aplicación del principio de celeridad en audiencias de cesación a la detención preventiva
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1° REVOCAR
- 2° DISPONER