Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0498/2015-S2
Fecha: 07-May-2015
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante alega la lesión de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la libertad y al trabajo, citando al efecto los arts. 14.I, 109, 110 y 115.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE) y art. “8 inc. c)” -lo correcto es art. 8 núm. 2 inc. c)- de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Aplicación del principio de celeridad en audiencias de cesación a la detención preventiva
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1° REVOCAR
- 2° DISPONER