SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2015-S3
Fecha: 12-May-2015
i)
Todo lo señalado, en base a los siguientes fundamentos: i) Se verifica la existencia de los documentos presentados por la parte imputada, como ser una copia relacionada al domicilio acreditado donde va cumplir su detención y al memorial presentado, por el cual solicitó se expida el mandamiento de libertad, así como la existencia de dos garantes; ii) Respecto al informe de la autoridad demandada, señalaron que el Tribunal Departamental de Justicia cuenta con los medios técnicos para hacer llegar los diferentes informes; y, iii) Finalmente, establecen que de forma clara la parte interesada cumplió con los requisitos exigidos por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- asimismo siendo la resolución Nro. 351/2014 de fecha 08 de Septiembre de 2014 por apelación incidental, emitida por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, LA CUAL ESTA PENDIENTE
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- Fragmento 6
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR