Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2015-S3
Fecha: 12-May-2015
II.5.
II.5. Mediante Auto de 3 de octubre de 2014, el Juez Mixto de Instrucción en lo Penal de Palos Blancos, señaló: “En cumplimiento a la Resolución N° 351/2014 (…) y cumplido que fue las medidas dispuestas dentro del plazo dispuesto por la parte imputada conforme los datos del proceso, emítase mandamiento de detención domiciliaria a cumplirse conforme la resolución señalada y por el señor Director del Centro Penitenciario de San Pedro de la ciudad de La Paz…” (sic) (fs. 22).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- asimismo siendo la resolución Nro. 351/2014 de fecha 08 de Septiembre de 2014 por apelación incidental, emitida por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, LA CUAL ESTA PENDIENTE
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- Fragmento 6
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR