SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2015-S3
Fecha: 12-May-2015
II.2.
II.2. Por nota de 22 de septiembre de 2014, el Juez Mixto de Instrucción, cautelar y Liquidador de Caranavi del departamento de La Paz, remitió el expediente original del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Valentín Luna Quispe -ahora accionante-, por la presunta comisión del delito de violación, ante el Juez Mixto de Instrucción en lo Penal de Palos Blancos del mismo departamento -hoy demandado-. Consta como cargo de recepción 23 del citado mes y año. Seguidamente mediante providencia de la fecha referida, radican el expediente en el Juzgado, señalando que: “…cursa Resolución N° 351/2014 de fecha 08 de septiembre de 2014, por apelación incidental, emitida por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, la cual ésta pendiente, cúmplase con noticia de partes” (sic) (fs. 12 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- asimismo siendo la resolución Nro. 351/2014 de fecha 08 de Septiembre de 2014 por apelación incidental, emitida por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, LA CUAL ESTA PENDIENTE
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- Fragmento 6
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR