SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0513/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0513/2015-S2

Fecha: 21-May-2015

denegó

La Jueza Cuarta de Partido Liquidador y Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, pronunció la Resolución 27/2014 de 21 de octubre, cursante de fs. 24 a 25 vta., por la que denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: i) Del informe emitido por la autoridad demandada, se evidencia que  aunque en forma tardía, se procedió a la remisión del cuaderno de apelación en fotocopias legalizadas, el 17 de octubre de 2014, conforme consta en el oficio del cuaderno procesal; y, ii) Si bien se advierte la vulneración del plazo contenido en el art. 251 del CPP, también es cierto la concurrencia del art. 53 inc. 2) del Código de Procesal Constitucional (CPCo), que establece la improcedencia de la acción de amparo constitucional cuando haya cesado los efectos del acto reclamado, lo que aconteció en el presente caso, que imposibilita ingresar al fondo de la problemática interpuesta, teniendo en cuenta que la petición de la acción se circunscribe a la orden de remisión en el día de los antecedentes de la apelación interpuesta por la accionante contra la Resolución de medidas cautelares, lo que en el presente caso ocurrió antes de la admisión de la presente acción, sin perjuicio que la impetrante pueda ejercer la vía disciplinaria a efectos de establecer responsabilidades.