SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0513/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0513/2015-S2

Fecha: 21-May-2015

Fragmento 11

              Sobre el particular este Tribunal, acogiendo el entendimiento contenido en jurisprudencia anterior abordó el tema de forma uniforme, al señalar en la SC 0847/2010-R de 10 de agosto, que: ”…la cesación del acto ilegal en el sentido del citado precepto, radica básicamente en el hecho de que la resolución o acto de la autoridad o particular denunciado de ilegal, por su voluntad o por mandato de otra autoridad superior, hubiere quedado sin efecto antes de la notificación con el amparo al que hubiere dado lugar, vale decir, que si bien se produjo la lesión, ésta se reparó de motu propio del legitimado pasivo'.