Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0513/2015-S3
Fecha: 26-May-2015
II.6.
II.6. Por RA 33/2013, el Sumariante I, estableció la existencia de responsabilidad administrativa contra la hoy accionante, imponiéndole la sanción de destitución de su cargo (fs. 420 a 428). Interpuesto el recurso de revocatoria, se expidió la RA de Recurso de Revocatoria 03/2014; por la cual, el Sumariante I se ratificó en la RA 33/2013 de 31 de diciembre (fs. 444 a 447 vta.). Luego, se interpuso recurso jerárquico, dictándose la Resolución 06/2014 de 19 de mayo; mediante ella, el Director del SEDES Cochabamba, confirmó la RA de recurso de revocatoria 03/2013 de 26 de febrero; y consecuentemente, la RA 33/2013 ya citada (fs. 498 a 499 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 6
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El contenido esencial del derecho al debido proceso en su elemento a una resolución debidamente fundamentada o motivada
- III.3. De la valoración de la prueba
- III.4. Análisis del caso concreto
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo
- CONFIRMAR