SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0530/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0530/2015-S3

Fecha: 26-May-2015

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 71/2014 de 23 de septiembre, cursante de fs. 708 a 710 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) De la revisión de los antecedentes adjuntos a la presente acción se constató que la Resolución 116/2011, fue notificada el 11 de noviembre de 2013, en consideración a ello y de acuerdo al principio de inmediatez, desde la fecha que se dictó el Auto Supremo que es motivo de la denuncia, data mucho tiempo; y, b) Respecto a la denuncia de la notificación a un tercero interesado, la parte accionante presentó la Circular 121/2012 de 28 de mayo, que refiere que en aplicación a la jurisprudencia constitucional se determinó que en lo sucesivo ante las demandas planteadas por entidades del Estado contra otra autoridad estatal, se dispone poner en conocimiento al particular o tercero interesado para los incidentes y emergencia de la causa, determinación que es para lo venidero y no tendrá efecto retroactivo.