SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0530/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0530/2015-S3

Fecha: 26-May-2015

respecto a la cual no tuvo conocimiento

                       Efectuada la aclaración precedente, corresponde señalar que en el caso concreto, la empresa “ASC BOLIVIA LDC SUCURSAL BOLIVIA”, denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en su elemento del derecho a la defensa en igualdad de condiciones y a la propiedad privada, alegando que luego de haber agotado la vía administrativa a través de los recursos de alzada y jerárquico, contra la Resolución Determinativa 038/2004, emitida por la Gerencia de GRACO La Paz del SIN; dicha entidad, interpuso demanda contenciosa administrativa, respecto a la cual no tuvo conocimiento, lo que impidió que pueda hacer valer sus derechos, emitiendo la Sala Plena de la entonces Corte Suprema de Justicia -hoy Tribunal Supremo de Justicia-, una Sentencia totalmente injusta, que provocó -a criterio de la Empresa accionante-, la afectación irreparable de su patrimonio al incrementarse de manera descomunal la suma adeudada; pretendió, igualmente, a través del Auto Supremo modificar el fondo de la Sentencia, a merced de la solicitud de aclaración, complementación y enmienda por la AGIT, incurriendo en el desconocimiento del procedimiento, dado que no puede cambiarse en lo sustancial el fondo de una resolución mediante la enmienda y complementación, de acuerdo a lo establecido en los 196, 197 y 276 del CPC.