SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0538/2015-S2
Fecha: 21-May-2015
II.3.
II.3. Mediante Auto de Vista 138/2014 de 12 de septiembre, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró ha lugar de manera parcial la apelación incidental interpuesta por la imputada Vania Karina Vega Urzagaste; y declaró sin lugar el recurso de apelación incidental interpuesto por las víctimas, hoy accionante, dejando sin efecto la detención preventiva de la imputada, disponiendo en su lugar la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva, argumentando que encontraban concurrente en los arts. 233.1, sólo con referencia al delito de falsedad material y uso de instrumento falsificado, 234.4 y 235.2 del CPP, y no así con relación al tipo penal de estafa, por lo que consideraron que la medida cautelar de carácter personal de detención preventiva impuesta a la imputada era gravosa, vulneraba el principio de proporcionalidad que debe regir en toda medida cautelar, debiendo tenerse en cuenta que existe otras medidas cautelares que de igual manera garantiza la presencia de la imputada, la averiguación de la verdad, el desarrollo del proceso y la aplicación de la ley dejando establecido que con relación a los préstamos de dinero, las víctimas tenían la vía expedita de recurrir a la vía civil a efecto de recuperar los préstamos realizados (fs. 12 a 16 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.
- a) Por incongruencia omisiva, en virtud de la cual, la autoridad jurisdiccional o administrativa emite una resolución sin considerar las pretensiones de las partes, vulnerando con esta omisión el derecho a un debido proceso y también el derecho a la defensa; y, b) por incongruencia aditiva, en virtud de la cual, la autoridad jurisdiccional o administrativa, falla adicionando o incorporando elementos no peticionados o no discutidos por las partes en el decurso de la causa
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.2.
- y no sólo las víctimas sino también otras personas,
- si bien concluyeron sobre la inexistencia de la probabilidad de la autoría en relación al delito de estafa haciendo alusión a razonamientos doctrinarios; sin embargo, no identificaron la norma aplicada que viabilizó la revocatoria de la detención preventiva dispuesta por el Juez a quo