Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2015-S2
Fecha: 22-May-2015
concedido
En consecuencia, la situación planteada se encuentra dentro de las previsiones del art. 128 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías, al haber concedido la acción de amparo constitucional, efectuó una correcta compulsa de los antecedentes procesales y aplicación, al citado precepto constitucional.
- acción de amparo constitución
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.2. Fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos del debido proceso
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fundamentación y motivación de las resoluciones administrativas
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido
- Fragmento 20