SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0548/2015-S3
Fecha: 26-May-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, en audiencia de 23 de octubre de 2014, Marcela Siles Jaksic -hoy demandada- dispuso la cesación de la detención preventiva, determinando medidas sustitutivas a la misma, como ser detención domiciliaria, obligación de presentarse a firmar en la Fiscalía los días lunes y presentación de dos garantes solventes.
Sin embargo, a la fecha, sigue privado de libertad en el Recinto Penitenciario de “San Pedro” de La Paz; es decir, no se ejecutó la orden judicial; además, la representante del Ministerio Público en suplencia legal del Fiscal de Materia codemandado, el 24 de octubre de 2014 a horas 9:15, promovió y presentó una recusación contra la Jueza demandada.
Así, pese al cumplimiento de las medidas sustitutivas a la detención preventiva -presentación de garantes, verificación domiciliaria, registro de arraigo en las oficinas de Migración-, la autoridad judicial demandada, por la recusación planteada, quedó impedida de expedir el mandamiento de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Supuestos de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido. Jurisprudencia reiterada y consolidada
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- 1)
- III.3.1. Respecto a la Jueza Décima de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz -hoy demandada-
- III.3.2. Respecto del Juez Décimo Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz -ahora demandado-
- III.3.3. Respecto del Fiscal de Materia -actual codemandado-
- REVOCAR en parte